El Consejo del Gobierno Vasco ha aprobado, a propuesta de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, Arantxa Tapia, el Decreto sobre Registro y Control Oficial del sector de la Alimentación Animal, que crea y regula el registro de establecimientos y organiza los controles oficiales en el ámbito de la alimentación animal en Euskadi.
El objeto es garantizar que los piensos, como primer eslabón de la cadena agroalimentaria, sean seguros y saludables, por su impacto directo en la protección de la salud. Para ello, aúna en una única norma el control oficial de la alimentación animal en Euskadi.
En la actualidad existen en Euskadi un total de 335 empresas del sector de la alimentación animal
La alimentación animal constituye un pilar fundamental para garantizar la seguridad alimentaria, ya que es uno de los primeros eslabones de la cadena de producción de alimentos. Por ello, desde el Gobierno Vasco se ha venido apoyando el desarrollo de iniciativas en colaboración con el sector de piensos en Euskadi, permitiendo con el esfuerzo realizado avanzar, mejorar y contar con un sector comprometido con la seguridad. La aprobación de este decreto, para la que se ha contado con las tres Diputaciones Forales, las organizaciones profesionales, y las asociaciones y entidades sectoriales, es un paso más en ese sentido.
El Registro será público y en la página web www.euskadi.eus, apartado correspondiente al área de agricultura, estará disponible la información sobre denominación o razón social del establecimiento, domicilio, actividad y número de identificación. Estará conectado con el Registro General dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la aplicación informática denominada “Sistema informático de registro de establecimientos en la alimentación animal” (SILUM).
Según datos de 2018, en la actualidad existen en Euskadi un total de 335 empresas del sector de la alimentación animal, de las que 128 de ubican en Bizkaia, 114 en Guipuzcoa y 93 en Álava. Este decreto será de aplicación a:
• Los establecimientos del sector de la alimentación animal radicados en la Comunidad Autónoma de Euskadi que elaboren, comercialicen, comercien, transporten y, en general, operen con materias primas, premezclas, piensos compuestos, piensos medicamentosos o cualquier otro producto, con destino a la alimentación animal.
• Las explotaciones ganaderas radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi que fabriquen piensos para las necesidades de su ganadería.
• Los productos para la alimentación animal que se fabriquen, comercialicen, circulen o se consuman en el ámbito territorial de Euskadi, incluyendo los piensos medicamentosos y los piensos fabricados con coccidiostatos e histomonostatos.
• En general a cualquier establecimiento o empresa, que, de conformidad con la normativa vigente, deba ser incluida en el Registro que se crea mediante el presente decreto, o deba ser objeto del control oficial.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este decreto los productos considerados medicamentos veterinarios por la normativa vigente, y las actividades industriales o comerciales de los mismos, así como la producción primaria de piensos.
Las solicitudes de autorización se presentarán de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco, y se recepcionarán en el registro electrónico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El formulario se encuentra disponible y permanentemente actualizado en la página web www.euskadi.eus, en la información correspondiente al área de agricultura.
Foto: M. Arrazola (Gobierno Vasco)