El sector atunero congelador español –representado por la Asociación Nacional de Armadores de Buques Atuneros Congeladores (ANABAC-OPTUC) y la Organización de Productores Asociados de Grandes Atuneros Congeladores (OPAGAC-AGAC), con la colaboración de AZTI, ha revisado el código de buenas prácticas
, que tiene como objetivo mejorar las maniobras realizadas en la pesca atunera de cerco que se realiza en todos los océanos del mundo. Estas buenas prácticas ayudan en la selectividad de la pesca de cerco atunero de cara a ejercitar una pesca responsable que minimice el impacto sobre el ecosistema marino y se pueda gestionar de una manera sostenible.
El Código firmado en 2012 y revisado en 2015, se vuelve a actualizar con los nuevos desarrollos conseguidos y sugeridos por el Comité Revisor y supervisado por los asesores científicos de AZTI; para mejorar los objetivos de gestión responsable que tiene el sector atunero español.
Respecto al diseño y uso de un FAD (de sus siglas en inglés fish aggregating devices; dispositivos concentradores de peces) que evite el enmalle de especies asociadas sensibles como tortugas y tiburones, se ha trabajado con el propósito de identificar y acordar un diseño alternativo de dispositivos que minimicen el impacto. La sustitución progresiva de los FADs empleados por la flota de OPAGAC-AGAC y ANABAC-OPTUC por modelos nuevos de FADs no enmallantes tenía como fecha límite finales de 2015, de forma que a día de hoy solo está permitido el uso de FADs no enmallantes, mediante el uso de FADs con ciertas características mínimas acordadas y sin perjuicio de cada empresa pueda desarrollar y aplicar diseños y materiales que minimicen todavía más el impacto sobre las especies no objetivo y el impacto sobre el medio marino.
Entre las buenas prácticas destaca, asimismo, el desarrollo y aplicación de técnicas liberadoras de menor riesgo y que optimizan la supervivencia de especies asociadas, incluyendo la obligatoriedad de tener abordo material y equipamiento específico para facilitar las maniobras de liberación. En el caso de los tiburones, el impacto de su captura accidental puede reducirse mediante la aplicación de protocolos de manejo y liberación adecuados. Respecto a las tortugas marinas, siguiendo las recomendaciones de las cuatro Organizaciones Regionales de Pesca (ORPs) atuneras sobre este grupo de animales marinos, las tripulaciones deben intentar por todos los medios liberar todas y cada una de las tortugas que puedan estar enmalladas en los objetos o en las redes al cerrar el cerco. Con las prácticas aprobadas, la mortalidad de tortugas marinas en la flota de cerco de OPAGAC-AGAC y ANABAC-OPTUC es prácticamente nula.
La incidencia de las mantas y rayas en los lances con objetos es muy baja. No obstante, se establece un protocolo muy sencillo y seguro para su liberación en caso de que aparezcan. Este procedimiento se basa en tratar de sacar los animales fuera del cerco empleando el salabardo con el que se embarca la captura, aunque se pierda cierta cantidad de pesca, o en su defecto, con algún otro tipo de dispositivo o equipamiento específico tipo cuna que minimice cualquier daño posible.
En lo referido a los tiburones ballena o pintos, la mayoría de Organizaciones Regionales de Pesca (ORPs) atuneras han implementado medidas que prohíben las prácticas de pesca intencionadas. Sin embargo, estos animales podrán ser cercados por la red de forma no intencionada, puesto que muchas veces nadan lejos de la superficie, dificultando su detección antes del lance. A pesar de la dificultad que la maniobra de liberación de pintos entraña, la tripulación tomará todas las medidas posibles para evitar el daño sobre estos animales y llevará a cabo su liberación siguiendo el protocolo desarrollado por científicos y acordado en el programa. Los resultados analizados hasta el momento, demuestran que el 100% de los tiburones ballena incidentalmente cercados, se liberan y sobreviven sin ningún problema tras la maniobra de liberación.
Sistema de Gestión de FADs
OPAGAC-AGAC y ANABAC-OPTUC acuerdan cumplir con el sistema de gestión de FADs adoptado por las administraciones pertinentes y que incluya la recogida de información mínima sobre las actividades asociadas a los FADs.
El acuerdo suscrito considera necesario y obligatorio tener un 100% de cobertura de observadores de las actividades de los buques de pesca, incluyendo barcos de apoyo. La información recogida durante las mareas para verificar el cumplimiento de las buenas prácticas está registrada por observadores científicos que han recibido formación específica o, más recientemente, también mediante sistemas de monitoreo electrónico validados y aprobados.
Otro de los puntos recogidos en el acuerdo hace referencia a la formación continua de patrones, tripulación y observadores científicos. El personal de abordo, tanto profesional de la pesca como observadores científicos, son formados continua y detalladamente sobre los puntos recogidos en el código de buenas prácticas acordado, con especial dedicación a las maniobras de liberación y manejo de especies y la correcta construcción y uso de los FADs. De la misma manera, el código impulsa la formación de observadores científicos para la correcta recolección de datos de alta calidad, y propulsa el desarrollo y capacidad de observadores locales y de terceros países, tales como Costa de Marfil, Seychelles, Madagascar o tierras australes francesas.
Todas las actividades son verificadas por AZTI, como organismo científico independiente que vela por el correcto funcionamiento del programa. AZTI trabaja para recopilar los datos del 100% de cobertura, registra la información provista por los diferentes organismos de observadores y la procesa para ser analizada por barco y marea. Los resultados son usados para hacer informes semestrales de cumplimiento y proporcionar consejo específico cuando sea necesario. Asimismo, estos resultados se usan como base de discusión por el comité revisor, que se reúne semestralmente para encontrar soluciones a las posibles incidencias que puedan aparecer y proponer acciones complementarias correctoras cuando fuese necesario. El grado general de cumplimento de la flota de todos los elementos del Código de Buenas Prácticas es totalmente satisfactorio.