14 de octubre de 2015

PDR Euskadi 2015-2020. Medida de cooperación

La UE ha elaborado la estrategia “Europa 2020” al objeto de lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. La innovación adquiere un protagonismo de primer orden

en el cumplimiento de este objetivo de tal forma que uno de los ejes de esta estrategia es la “Iniciativa emblemática Unión por la Innovación”, a partir de la cual se ponen en marcha las Asociaciones Europeas de Innovación (AEI).

Se quiere potenciar de esta manera el trabajo conjunto, la cooperación. Por ello, la mencionada iniciativa acuña el concepto de Cooperación de Innovación. Se plantea una nueva ordenación de la investigación y la innovación en la UE, las cuales deben, por un lado, estar orientadas a los retos fijados en “Europa 2020”, y por otro, tienen que actuar en toda la cadena de investigación e innovación poniendo especial atención en los resultados.

Una de las AEI creadas hasta la fecha tiene como ámbito de actuación la agricultura productiva y sostenible, y el Reglamento (UE) nº 1305/2013(1) establece sus objetivos en el artículo 55. Al amparo de esta AEI se configuran los Grupos Operativos (art. 56 y 57) cuya finalidad es llevar a cabo proyectos innovadores por parte de diferentes agentes, entre otros, agricultores, investigadores, asesores y empresas del sector agroalimentario.

Las ayudas financieras a la Cooperación se contemplan en el artículo 35 del Reglamento citado y en comparación con el período de programación 2007-2013, se apoya un número mayor de tipos de cooperación con una gama más amplia de beneficiarios. Se concederán ayudas para fomentar formas de cooperación entre al menos dos entidades y se considerará particularmente la creación de Grupos Operativos de la AEI en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL (PDR) DE EUSKADI 2015-2020: medida 16 de Cooperación

Mediante Decisión de ejecución de la Comisión de 26 de mayo de 2015 se aprobó el PDR de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Como es sabido, esta herramienta es la que articula el apoyo financiero de la PAC (Política Agrícola Común) para las actuaciones y medidas a impulsar en el medio rural de Euskadi, durante ese periodo. Se articula en torno a las necesidades prioritarias que surjan del diagnóstico de situación de los distintos ámbitos que conforman nuestro medio rural, de la selección de objetivos y líneas estratégicas a afrontar, y en último término, de la selección de medidas y actuaciones a implementar con su correspondiente asignación financiera.

Este programa determina como una de las necesidades estratégicas de actuación el fomento de la cooperación al objeto de avanzar, a través de la innovación, en la competitividad del medio rural. En consonancia con ello, ha sido seleccionada la Medida de Cooperación (16) que contará con una dotación presupuestaria inicial de 5 millones de euros (4 FEADER y 1 fondos propios), más una financiación complementaria nacional de 8 millones, también a cargo del Gobierno Vasco.

Esta medida se articula en base a siete submedidas entre las que destaca la referida al apoyo a la creación y funcionamiento de Grupos Operativos de la AEI en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas. Las seis restantes prestarán apoyo a acciones dirigidas a:

– Desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías
– Desarrollo o comercialización de servicios turísticos
– Desarrollo de cadenas cortas de distribución
– Mitigación o adaptación al cambio climático
– Suministro sostenible de biomasa para producción de energía
– Diversificación de actividades agrarias relacionadas con sanidad, integración social, educación medioambiental, alimentación

CONVOCATORIA 2015 DE AYUDAS A LA COOPERACIÓN

La Orden de convocatoria contempla las siete submedidas mencionadas y considera gastos subvencionables:
– Costes de estudios generales, de viabilidad y elaboración de planes empresariales.
– Costes de actividades de dinamización, impulso y animación.
– Costes de funcionamiento de las actividades de cooperación
– Costes necesarios para la realización de proyectos piloto
– Costes de actividades de comunicación y divulgación.

Los criterios para la valoración de los proyectos serán, con carácter general, las características del proyecto, el objetivo del grupo de trabajo y la composición del mismo. Cabe destacar que se tendrá en cuenta, entre otras consideraciones, el alineamiento de los objetivos del proyecto con la Estrategia Viva de Innovación y Cooperación de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria. Esta Estrategia es el documento base y referente para la implantación de la innovación en los sectores agrario, ganadero, pesquero y alimentario de Euskadi. Se pretende con esta estrategia provocar procesos de innovación/cooperación auténticos y efectivos que, en última instancia, aumenten la competitividad del sector.

En el caso de la submedida de apoyo a la creación y funcionamiento de Grupos Operativos de la AEI, se contempla también como criterio la participación en alguna fase del proceso de Brokering Innovation. Se entiende por Broker/Agente de Inovación aquella persona u organización que busca y pone en contacto a actores idóneos para llevar a cabo el proyecto sin tener que estar involucrado técnicamente, de manera que actúa como agente entre dos o más partes en el proceso de innovación. En Euskadi esta responsabilidad recae sobre Katilu, consorcio público-privado constituido por la Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, HAZI, NEIKER, ELIKA, AZTI e INNOBASQUE. Al carecer de entidad jurídica la vinculación al PDR a efectos administrativos y de gestión, se desarrolla a través de HAZI. Como Agente de Innovación HAZI (Katilu) llevará a cabo diversas acciones de información, capacitación e impulso de tal forma que los participantes puedan acreditar en las convocatorias de ayudas la participación en alguna de las fases del proceso Brokring Innovation.

Por último, indicar que podrán ser beneficiarios de estas ayudas los grupos/equipos que se constituyan para resolver un problema concreto o aprovechar una oportunidad determinada que hayan detectado. Los miembros formalizarán entre ellos un documento operativo que regule el funcionamiento del grupo/equipo. La duración de los proyectos no podrá ser superior a dos años y, en todo caso, versarán sobre nuevas actividades.

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